Reclamación gastos hipotecarios

ABOGADOS PARA RECLAMACIÓN GASTOS HIPOTECARIOS

Si tienes una hipoteca y te ha ocasionado unos gastos que tu entidad bancaria te ha cobrado para poder formalizarla, te invitamos a que nos cuentes tu caso y un abogado especialista te asesorará de los pasos a seguir y se encargará de todo para realizar una reclamación formal si procede.

Reclamación de gastos hipotecarios

Antes de nada explicaremos que son los gastos hipotecarios: Los gastos hipotecarios son esos conceptos que la entidad financiera nos obliga a  abonar en el momento que formalizamos un préstamo hipotecario. 

El pasado 23 diciembre de 2015 el Tribunal Supremo español ha declarado en sentencia número 705/2015 la nulidad de la cláusula relativa a los gastos con cargo de la parte prestataria, osea,  aquellos gastos de formalización y constitución de un préstamo hipotecario en los que el banco los carga a los clientes.

Gastos Hipotecarios que pueden reclamarse

Estos son los conceptos  más extendidos que en  los Gastos Hipotecarios se están reclamando a las entidades financieras:

Nulidad de los gastos hipotecarios

Se trata de una reclamación que es viable cuando se ha impuesto la cláusula de gastos hipotecarios sin la debida negociación, tratándose de una cláusula predispuesta y el prestatario un mero consumidor.

Declarada la abusividad de la cláusula, la misma es por lo tanto NULA y deja de tener efecto. En consecuencia procede la restitución recíproca de las prestaciones, lo que supone que las entidades financieras deben devolver aquellas cantidades que los clientes han pagado en concepto de gastos hipotecarios.

Novación y Subrogación

De la misma forma , y la vista de la jurisprudencia consolidada, también podrán ser reclamados los gastos procedentes de una novación hipotecaria o bien cuando exista una subrogación de cualquiera de las partes o los gastos de cancelación del préstamo hipotecario.

Tributo Actos Jurídicos Documentados

En la sentencia del 16 de octubre de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estableció que han de ser los bancos y entidades financieras las que deberán de abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados, no obstante, el Tribunal Supremo ha paralizado dicha decisión , considerando finalmente que es el cliente quien ha pagar.

Desde Perles Abogados, expertos en derecho bancario, consideramos que se trata de una cláusula abusiva y que por lo tanto dicho impuesto tiene que ser abonado por la entidad financiera. Así mismo consideramos que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea terminará adoptando esta decisión como ya lo hizo con las Cláusulas Suelo o las Hipotecas Multidivisa.

Por tal motivo incluimos la reclamación de este gasto en todas las demandas de gastos hipotecarios presentadas, conocedores de lo abusivo de la misma.

Puede contactar con nuestro despacho desde el formulario de contacto, o si lo prefiere le ofrecemos una primera consulta online de 30 minutos con videollamada totalmente gratuita para que pueda contarnos su caso y conocernos sin tener que desplazarse y sin ningún coste.